Todo lo que debemos saber del pescado fresco y su etiquetado

 En Pescados

Desde el año 2014 la UE cambió las normas relativas a la etiqueta que configuraban en los productos de la pesca y la acuicultura. Se creó un etiquetado que contuviera la trazabilidad de los productos pesqueros, que el usuario o consumidor final supiera la procedencia, el tipo de actividad, las aguas o zona de captura, la embarcación, la fecha, etc…

Organismos oficiales como el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía vienen informando de la obligatoriedad de este etiquetado, el cuál contiene todo sobre la denominación comercial de la especie y su nombre científico; el método de producción; la zona de captura o de cría del producto; la categoría de arte de pesca utilizado en las pesquerías extractivas y si el producto ha sido descongelado.

La Lonja de Ayamonte y el resto de lonjas o un comprador autorizado u organización de productores, son el primer paso obligatorio por el que entra el producto recién capturado. Las lonjas identifican y controlan esta venta legalmente – “La identificación de los productos de la pesca, de la acuicultura y del marisqueo congelados y ultracongelados establece en su Título III la normativa básica de comercialización de los productos pesqueros, teniendo por objeto la regulación de la normalización de dichos productos y su correcta identificación a efectos de una mayor transparencia del mercado e información veraz al consumidor en toda la cadena de comercialización, que comprende desde que se ha realizado la primera venta hasta su llegada al consumidor final.”

Características de la etiqueta

La etiqueta ha de tener las dimensiones adecuadas (11cms x 13 cms) con caracteres legibles e indelebles. Con todos los datos de identificación del producto:

  1. La información obligatoria del etiquetado de los productos congelados y ultracongelados deberá contener la especie, la zona de captura o procedencia y método de producción.
  2. Todos los productos de la pesca, marisqueo y de la acuicultura incluidos en el ámbito de aplicación de este real decreto deberán llevar en el envase o embalaje correspondiente, y en lugar bien visible en caracteres legibles e indelebles, las siguientes especificaciones:
    • a) Denominación comercial y científica de la especie.
    • b) Método de producción:
      • 1.º Pesca extractiva o pescado.
      • 2.º Pescado en aguas dulces.
      • 3.º Criado o acuicultura o marisqueo.

Zona de captura o de cría

También podemos descargarnos una aplicación de Código QR de España que lee el código de la etiqueta y nos facilita los mismos datos que la etiqueta: Lonja de desembarco, lote, nombre del buque, matrícula y datos comerciales del armador, nombre del producto y nombre científico, peso neto, método de captura, arte de pesca, zona de captura y si ha sido un producto descongelado o no.

Desde la Lonja de Ayamonte le recomendamos que siempre observe esta etiqueta y si no la localiza en el punto de venta, solicítesela al vendedor, así podrá asegurarse de toda la trazabilidad del producto que ha comprado.

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